Centro de Jubilados y Pensionados

Era noticia cotidiana en los fríos inviernos: “Fue hallado anciano muerto esta madrugada en el portal, en el puente, en el atrio de… etc. (Foto Revista EL Sol – 1907)

En el campo era clásico el viejito “agregado” que se ganaba su sitio en el fogón arreglando aperos; muchos, casi centenarios, con su fiel caballito, trabajaban de reseros, o “tumbeando” de estancia en estancia, y un día eran hallados muertos en cualquier pajonal del camino.

Y ni que hablar de las mujeres ancianas y de los indígenas
En síntesis: ¡Una vejez desprotegida!

Algunos legisladores (humanitarios, progresistas, socialistas) van logrando algunas migajas de protección. Los obreros más organizados, incorporan a sus reivindicaciones, la obtención de la jubilación. Históricamente están los ferroviarios con su antigua caja.

Por el Decreto Ley 31665 de 1944 y Ley 12921 los Estibadores Rurales son incorporados a la Ex Caja de Comercio debiendo aportar un 10% de sus jornales.
Se da la paradoja que un empleado mercantil, que tenía un sueldo entre los $200 de la época aportaba a la Caja $20 mensuales. El estibador, remunerado a destajo, en sólo dos meses de cosecha, diciembre y enero, sin contar el resto del año, aportaba tanto como diez meses del empleado pero se jubilaba con el mínimo.

El primer año que se aplicó, los estibadores de Chaves, se negaron a trabajar. Para no paralizar la cosecha los cerealistas pagaron sin descuento en el primer tiempo. Tuvo que intervenir el Dr. Campano, de Tres Arroyos, “Delegación Regional de Trabajo y Previsión”, y Eleodoro Carrera, delegado regional de Estibadores, convenciendo a los compañeros que al fin aceptan el aporte.
Desde entonces fue constante la preocupación del Gremio de Estibadores por la problemática jubilatoria.

Por esta época el peronismo proclama los derechos de la ancianidad.
En 1952 la Federación de Sindicatos Agrarios (F.A.S.A) después F.A.T.R.E. aglutina a los estibadores con los Trabajadores Rurales que aún carecían de jubilación. El gremio consigue que el estibador se jubile a los 55 años, por realizar tareas penosas, y por la cuantía de los aportes. Y se crea en las postrimerías del justicialismo, la Caja de Jubilación para Trabajadores Rurales y a partir de 1955, con un descuento del 6% también ellos acceden al beneficio.

Los miembros del Secretariado Nacional de F.A.T.R.E. son el directorio de la Caja; fueron los primeros directores: don Alfredo Diez (Secretario General) dirigente histórico tresarroyense y don Sebastián Montoya, cordobés, creador del I.S.S.A.R.A.

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